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Desestimada la impugnación del ERE de Indra Sistemas por la Audiencia Nacional

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Sede de Indra, que se sitúa entre las empresas líderes en la lucha contra el cambio climático.
Sede de Indra, que se sitúa entre las empresas líderes en la lucha contra el cambio climático.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado de formaíntegra la impugnación que tres sindicatos (RSTIC, CGT y Federación de Industria de la USO) realizaron contra el procedimiento de despido colectivo (ERE) acordado con una amplia mayoría de la representación sindical por Indra Soluciones Tecnológicas de la Información (ISTI).

ISTI es la filial de Indra que agrupa sus negocios de Tecnologías de la Información.

En la sentencia, la Sala considera que la filial del Indra realizó el citado expediente "con un efectivo periodo de consultas, siendo la información y documentación solicitada por la empresa suficiente, que concurren las causas, que las medidas no resultan ni desproporcionadas, ni abusivas ni fraudulentas, y que no se lesionó ni el principio de igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres, ni la libertad sindical".

En el comunicado que se publicó el pasado 19 de noviembre de 2020, Indra Soluciones Tecnológicas de la Información (ISTI) informó de que había llegado a un acuerdo con una amplia mayoría de la representación legal de los trabajadores. El mencionado acuerdo ponía fin a un proceso de consultas del procedimiento de reorganización laboral iniciado en octubre, y que ambas partes habían hecho un esfuerzo para lograr un acuerdo que minimizaba el impacto del proceso de reestructuración en el volumen de empleo.

La sentencia confirma y ratifica todas las medidas incluidas entonces en el citado acuerdo de ISTI con la mayoría de los sindicatos, destacan fuentes conocedoras del proceso citadas por la Agencia Europa Press.

El ajuste planteado inicialmente por Indra se redujo en un 56%

En concreto, según el citado comunicado, el acuerdo incluía medidas de flexibilidad interna para reducir el número de afectados por la amortización de puestos de trabajo. El objetivo era mejorar la formación y recualificación de un grupo importante de empleados, y el ERTE que se implantó era una medida para facilitar la formación y recualificación profesional y por tanto la conservación del empleo para un número máximo de 125 trabajadores.

También incluía un ajuste salarial para un colectivo de empleados con salarios notablemente superiores a la media de su rol o actividad como medida para la conservación del empleo, medida que afectará a un máximo de 100 empleados.

Como consecuencia, se produjo la reducción del número de afectados por medidas extintivas de contrato desde el proyecto inicialmente previsto y planteado por la empresa, de 1.036 trabajadores, al número máximo final de 580 empleados.

Adicionalmente, ISTI acordó mecanismos de protección a los empleados que, por su edad, se encontraban más próximos a la edad de jubilación; medidas de protección de determinados colectivos más vulnerables o merecedores de un tratamiento más favorable para la conservación del empleo; y un plan de recolocación externo mejorando las exigencias de la legislación vigente para proteger y fomentar la recolocación o el autoempleo.