ODIC descubre un nuevo caso de Grooming y un juez reconoce su labor frente a este delito

Silvia

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

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Grupo de menores utilizando sus teléfonos móviles
Grupo de menores utilizando sus teléfonos móviles

El Observatorio de Delitos Informáticos de Canarias (ODIC) ha informado de que el Juez Claudio Mazuqui ha reconocido su importante labor en la prevención del Grooming tras haber descubierto un nuevo caso en el que un cibercriminal argentino estaba acosando sexualmente a una menor española.

Antes de comentar el último caso que ha detectado, ODIC ha explicado que el grooming hace alusión al acecho continuado de una persona mayor de edad hacia niños y jóvenes para ganar su confianza, y de ese modo, crear lazos emocionales con ellos.

Para ello, los cibercriminales les hacen creen que son menores al igual que ellos y, a través de la ingeniería social, tratan de engañarles para obtener sus datos personales y de contacto. "Más tarde, convencen al menor para que envíe material de índole pornográfico (fotografías y videos) para conseguir que el niño realice actos de naturaleza sexual y, lo hace de tal manera, incitando al menor a hacerlo como si fuese un juego divertido".

ODIC continúa señalando que si el cibercriminal consigue que el menor le envíe alguna imagen de contenido sexualmente explicito, comienza a manipularle chantajeándole con que si se niega a seguir las peticiones exigidas, compartirá dicho material entre sus conocidos. "Ante el temor de que lo sepan sus padres, el menor se ve obligado a seguir enviando más contenido pornográfico (fotografías y vídeos de índole sexual). Si el menor no es consciente de los riesgos que implica seguir enviando más contenido pornográfico, le será muy difícil de salir de este círculo vicioso. En la mayoría de los casos, este comportamiento tiene como objetivo inducir al menor de edad a introducirse en ambientes de explotación sexual y prostitución de menores", advierte.

El nuevo caso de Grooming descubierto por ODIC

Según declara ODIC, en las últimas semanas ha realizado un seguimiento muy exhaustivo al nuevo caso de Grooming que ha descubierto. Tiene como protagonistas a un cibercriminal, que supuestamente tiene 19 años, y a una adolescente de 13 años, de nacionalidad española. Estaban en contacto a través de la red social Instagram, donde el ciberdelincuente estaba induciendo a la menor a participar en supuestos juegos sexuales y a enviarle una fotografía cuando se estuviese masturbando.

"Ante la situación de alerta, los analistas del Observatorio de Delitos Informáticos de Canarias le dimos máxima prioridad a esta incidencia, en la cual tuvimos que analizar exhaustivamente el perfil del cibercriminal en Instagram para extraer todos los datos referentes a esta cuenta y, de ese modo, reunir todas las evidencias posibles sobre la identidad del cibercriminal y desde donde se estaba conectando. Al observar que, la localización de la IP donde se conectaba este perfil de Instagram se ubicaba en Córdoba (Argentina), decidimos decirle a la madre de la menor que nos pondríamos en contacto con las autoridades argentinas para denunciar al cibercriminal con las pruebas obtenidas por nuestros analistas", expone.

ODIC prosigue explicando que, antes de presentar las pruebas obtenidas a las autoridades argentinas, debía cerciorarse de que este delito de grooming está tipificado por el código penal de Argentina. Sí que lo está y ODIC ha mostrado una comparativa de cómo lo recoge el código penal argentino frente a la legislación española.

El grooming, en el código penal argentino frente a la legislación española

Argentina – Artículo 131 del Código Penal:

"Será penada con prisión de tres meses a dos años la persona mayor de edad, que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, le requiera de cualquier modo a una persona menor de trece años, que realice actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual o le solicite imágenes de sí misma con contenido sexual.

"En la misma pena incurrirá la persona mayor de edad que realizare las acciones previstas en el párrafo anterior con una persona mayor de trece y menor de dieciséis años, cuando mediare engaño, abuso de autoridad o intimidación".

España – Artículo 183 ter del Código Penal:

"El artículo 183 ter del Código Penal regula el delito de ciberacoso sexual infantil, también conocido como grooming, delito que castiga a aquel que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y de la comunicación contacte con un menor de dieciséis años, y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento.

"El segundo apartado del citado artículo 183 ter regula el supuesto en el que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor".

La importancia de ODIC en la prevención de Grooming

ODIC también aprovecha su comunicado para agradecer "enormemente" la colaboración realizada por parte del Magistrado Claudio Mazuqui (Juez de Control del Poder Judicial de Córdoba, Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Violencia Familiar, de Huinca Renancó, Provincia de Córdoba). Según indica, Mazuqui lleva trabajando en el Poder Judicial de Córdoba alrededor de 24 años, donde su capacitación dentro del mundo de la abogacía lo lleva a profundizar en cuestiones realizadas con la violencia de género en Argentina.

Asimismo, subraya que el Magistrado Claudio Mazuqui destacó " la enorme aportación que realiza el Observatorio de Delitos Informáticos en la protección al menor en el mundo cibernético".

Medidas preventivas ante el Grooming

Por último, ODIC resalta que la manera más sencilla de proteger a nuestros hijos frente al grooming es reforzar el control parental de forma efectiva. "Ya sea para evitar que los pequeños se enganchen a determinadas aplicaciones o su exposición a contenidos inapropiados".

De igual manera, indica que las aplicaciones de control parental permiten administrar el uso que sus hijos hacen de los dispositivos, controlando el tiempo de pantalla y bloqueando aplicaciones y sitios web, y que también hay ciertas aplicaciones que cuentan con un localizador GPS y un rastreador de niños.

Además, cabe señalar que varios gigantes tecnológicos – como Facebook, Twitter, Google y Microsoft – se han comprometido a ayudar a luchar contra el abuso infantil en Internet.