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La relación con clientes de BBVA: multa de 5 millones por no informar correctamente y subida de comisiones

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El terremoto del coronavirus se hace sentir en todos los sustratos de la economía familiar. Más allá de los efectos que esta está teniendo en la situación laboral de sus miembros -y dejando a un lado el riesgo que supone para su salud-, esta crisis asoma la cabeza por los rincones más insospechados y también por los más sospechados del día a día, como es el caso de las relaciones con las entidades financieras.

En este sentido, BBVA es hoy doblemente noticia por aspectos vinculados a su relación con sus clientes. Por un lado, la entidad presidida por Carlos Torres Vila lo es por la multa récord que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) le ha impuesto por faltar a su deber de informar y de obtener consentimientos explícitos por parte de sus clientes, obligaciones que ha vulnerado y por la que la AEPD le penaliza con cinco millones de euros.

Esta, además de ser la mayor sanción impuesta hasta ahora por la AEPD (ha superado a Facebook, que en 2017 fue sancionado con 1,2 millones de euros), la Agencia obliga al banco a reformular, en el plazo máximo de seis meses, su sistema de gestión de protección de datos en relación con el deber de información y obtención del consentimiento del cliente.

La multa de cinco millones de euros se debe por dos infracciones. Una calificada de muy grave, de tres millones, por vulnerar el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en cuanto a la fórmula utilizada para obtener el consentimiento de sus clientes. Y otra, considerada como leve, de 2 millones, por los datos obtenidos del interesado, que suponen una vulneración de los artículos 13 y 14 del RGPD, tal y como ha informado diarioabierto.es, que también señala que el BBVA puede interponer recurso de reposición ante la AEPD y acudir a la Audiencia Nacional en vía contenciosa y recurrir esta sanción.

Cabe recordar que estos no son los primeros problemas de la entidad financiera con la protección de datos; de hecho, BBVA también tiene el dudoso privilegio de ser el primer banco en ser multado por una infracción del RGPD.

Y es que el pasado 20 de julio la AEPD ya impuso a la entidad una multa de 30.000 euros por consulta de los ficheros de solvencia patrimonial de una persona sin estar legitimada para ello, pues ya no mantenían ninguna relación contractual en ese momento.

Y, desde hoy, cambios en las condiciones de los servicios

También a partir de hoy, tal y como el banco explica a sus empleados en un documento interno al que ha tenido acceso Escudo Digital, se empezarán a aplicar importantes cambios en las condiciones de distintos servicios y tarifas.

Entre estos se encuentra el Programa Adiós Comisiones, con el que desde hoy, para seguir sin pagar comisiones, habrá que justificar el ingreso de una nómina o de un ingreso periódico de 800 euros en lugar de los 600 actuales, o utilizar la tarjeta de crédito (ya no vale la de débito) para realizar al menos siete compras (queda exento su uso en cajero).

Otro de los cambios anunciados en dicho documento interno entrará en vigor a partir del 1 de enero, cuando la entidad comience a cobrar dos euros por retiradas de efectivo en ventanilla, salvo en los casos de menores de 21 años, que continuarán exentos de pago, o en los clientes de entre 21 y 29 años, a quienes se les exigirá realizar siete compras en cuatro meses con tarjeta de crédito si quieren evitar la aplicación de estas comisiones (a menos que tengan la Cuenta Joven, que no contempla tarifas adicionales).

En el caso de los mayores de 29 años, si quieren evitar las nuevas condiciones, deberán tener domiciliada una nómina (u otros ingresos) por valor mínimo de 800 euros y, o bien tener domiciliados un mínimo de cinco recibos, o bien realizar al menos siete movimientos con las tarjetas de crédito.

Otros programas como la Cuenta Va contigo, o las cuentas online, se mantienen sin variaciones.