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Sociedad

Un hombre deberá indemnizar a su ex por el trabajo en el hogar y el negocio familiar

La justicia de Vigo ordenó que se compense económicamente a la mujer con 35.000 euros por las tareas realizadas durante el matrimonio, que le han impedido enriquecer su propio patrimonio.

Andrea Brunetti

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Palacio de Justicia de Pontevedra. EuropaPress

La sentencia de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, condenó a un hombre a pagar a su ex esposa 34.980,15 euros por “el trabajo realizado para la familia al haberse extinguido el régimen de separación de bienes”, según detalla EuropaPress. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Redondela, Pontevedra, había fallado en el mismo sentido y ahora esa decisión fue ratificada.

Durante el año 2011, la mujer colaboró en el negocio de venta ambulante de su ex marido junto a su suegra para "la liquidación del negocio familiar", y también realizó varios cursos de formación entre enero de 2012 y octubre de 2014. La justicia entendió que estas tareas deben ser compensadas con la citada indemnización.

"La juez de primera instancia ha considerado que el coste del trabajo efectuado por un tercero, así como el grado de exclusividad de la contribución de la esposa al trabajo en el hogar, de lo que se deriva que le ha impedido enriquecer su propio patrimonio con actividades ajenas al mantenimiento de la familia, lo que indudablemente mejora la posición económica del otro cónyuge, o desde luego, no lo ha empeorado", recogen los jueces en la sentencia.

La compensación fue fijada teniendo en cuenta el salario mínimo interprofesional (SMI), desestimando el recurso de apelación del exmarido. De esta manera, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha confirmado la cuantía establecida para la indemnización en primera instancia. Las instancias judiciales, de todos modos, aún no se han agotado: queda la posibilidad de interponer un recurso de casación.