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El nuevo Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional tendrá su sede en Ávila

Los Presupuestos Generales del Estado aprobados esta mañana incluyen una partida de cuatro millones de euros para su puesta en marcha.

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Sede del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional.
Sede del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional.

Los Presupuestos Generales del Estado, aprobados esta mañana por el Congreso de los Diputados, incluyen la creación del organismo autónomo Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional en su disposición adicional centésima octava, para cuya puesta en marcha se dedica una partida de cuatro millones de euros, según la información remitida a los medios de comunicación por la Policía Nacional. En dicha nota se señala asimismo que "se crea como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia, autonomía económica, financiera y de gestión, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines".

Dependerá  del Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía, y se adscribirá a una o a varias universidades públicas mediante convenio suscrito por el rector de la universidad correspondiente y por la persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Centro Universitario. Finalizado el proceso de adscripción, el centro universitario adquirirá la condición de centro universitario adscrito, pudiendo impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales.

Tendrá su sede principal en la Escuela Nacional de Policía, en la ciudad de Ávila, si bien para el desarrollo de sus actividades podrá disponer de otras sedes. Su finalidad será impartir a los miembros de la Policía Nacional la formación correspondiente a los estudios universitarios.

Constituye el objeto del Centro Universitario impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales en las modalidades y condiciones que se determinen, promover la obtención de títulos de grado y posgrado en los ámbitos de interés de la Policía Nacional, y definir y desarrollar líneas de investigación que se consideren de interés para la Policía Nacional, colaborando, cuando así se determine, con otras entidades y organismos de enseñanza e investigación, públicos o privados.

El Consejo Rector será el superior órgano colegiado de gobierno, y estará presidido por la persona titular de la Dirección General de la Policía. El personal estará integrado por funcionarios de la Policía Nacional y personal adscrito a la Dirección General de la Policía, de acuerdo con lo que se establezca en sus estatutos. Asimismo, se podrá contratar personal docente e investigador para el desarrollo de la actividad de esta naturaleza, que deberá contar con la capacitación adecuada. Los estatutos del centro universitario se aprobarán en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley.