Cuidado, conductores: La DGT te puede multar con 3.004 euros si no tienes este documento

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conductores de camion de 18 años 2
conductores de camion de 18 años 2

La normativa del reglamento de circulación podría cambiar a partir del próximo mes de septiembre, cuando el Congreso votará una nueva reforma que endurecerá las sanciones relacionadas con el uso del teléfono móvil, los detectores de radares o los patinetes eléctricos, y que también incluirá nuevas multas como la que se impondría por no apagar el motor mientras se está estacionado, que podría ser de hasta 100 euros.

A la espera de ver si se aprueba o no esta reforma, El Español ha recordado que los conductores deben asegurarse de contar con toda la documentación obligatoria para poder circular o, de lo contrario, se expondrán a una multa que puede superar los 3.000 euros. Se trata de cuatro documentos que "constituyen la garantía de que se cumple la ley y las normas necesarias para conducir con seguridad, siendo lo primero que pedirán los agentes tanto si te paran como si estás involucrado en un accidente".  

Los cuatro documentos obligatorios para poder conducir

Como indica el citado medio, la documentación se puede llevar tanto en las tradicionales fotocopias compulsadas como en el teléfono móvil, a través de la aplicación que ha lanzado la DGT. En total, son estos cuatro documentos:

  • Permiso de conducción: es obligatorio llevarlo siempre que se circula o, en su defecto, la autorización provisional expedida por la DGT. La multa por no llevarlo será de 10 euros, mientras que si hay algún dato incorrecto o no está actualizado ascenderá a 80 euros. Además, si el carnet está caducado, la multa se elevará a los 200 euros y, si no estás autorizado para conducir, la sanción será de 500 euros e implicará la retirada de 4 puntos del carnet.
  • Permiso de circulación: Se debe llevar siempre que se conduzca. La multa por no llevarlo es de 10 euros de multa, pero si el vehículo no cuenta con esa autorización podría llegar a los 500 euros.
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo: También es obligatorio llevar el último informe de la ITV y la pegatina correspondiente pegada en el parabrisas. De no ser así, la multa es de 10 euros o de 200 si la ITV está caducada.
  • Seguro obligatorio: Contratar un seguro es indispensable porque en caso de accidente cubre los posibles daños a terceros. Si el vehículo carece de seguro, la multa oscila entre los 601 euros y los 3.005 euros, además de la inmovilización inmediata del automóvil.

"Estos documentos también son obligatorios para los vehículos de alquiler", subraya el diario, y añade: "En el caso de perder los papeles del coche, hay que acudir a una comisaría para denunciar y evitar un uso fraudulento de los mismos. Después de pedirá una cita previa para solicitar los duplicados de los documentos".