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Toque de atención de la Agencia Española de Protección de Datos a Securitas Seguridad España

La AEPD ha advertido a la compañía de seguridad de una posible infracción del RGPD por emplear WhatsApp en su delegación de Cádiz para enviar información a sus empleados.

Silvia

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

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Placa de Securitas
Placa de Securitas

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido a Securitas Seguridad España por un posible incumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que debería subsanar ante la imperiosa necesidad de adecuarse a lo dispuesto en esta normativa de la Unión Europea. Así lo ha dado a conocer Alternativa Sindical, el sindicato que ha propiciado este aviso de la AEPD al haber puesto en su conocimiento una presunta infracción de la compañía en el tratamiento de los datos personales de algunos de sus trabajadores.

Según explica Alternativa Sindical en un comunicado remitido a nuestro medio y publicado en su página web, el motivo de la denuncia que ha presentado a la AEPD es que la compañía de seguridad sigue utilizando WhatsApp en su delegación de Cádiz para enviar información a sus empleados de esta delegación. El problema, tal y como señala, es que esta información es "tanto operativa como personal" e incluye órdenes directas, datos personales de los trabajadores e información sindical de un sindicato afín a Securitas Seguridad España.

Además, Alternativa Sindical resalta que la empresa recibió un requerimiento para que dejara de incurrir en estas irregularidades pero que su respuesta fue negarse a borrar los datos de la aplicación de mensajería, por lo que dio el paso de denunciarlo a la AEPD.

El aviso de la AEPD a Securitas Seguridad España

"Tras analizar y comprobar los hechos puestos de manifiesto en el escrito remitido por Alternativa Sindical, se ha informado al denunciado, Securitas Seguridad España SA, de la posible infracción del Artículo 32 del RGPD, Artículo 5.1.b) del RGPD, Artículo 5.1.f) del RGPD y Artículo 6.1 del RGPD y de la necesidad de adecuar los tratamientos que realiza a lo dispuesto en la citada normativa", señala el sindicato. En este sentido, conviene precisar que los citados artículos del RGPD están dedicados a regular los "principios relativos al tratamiento" (artículo 5), la "licitud del tratamiento" (art. 6) y la "seguridad del tratamiento" (art. 32).

Siguiendo la información del comunicado, la Agencia Española de Protección de Datos también ha avisado a Securitas Seguridad España de que, en el caso de constatarse que no ha adoptado las medidas correctoras que sean necesarias, "podrían iniciarse las actuaciones previstas para supuestos de incumplimiento en la normativa precitada, acordes con las potestades de investigación y sancionadora de la Agencia".

Para Alternativa Sindical, esta intervención de la AEPD desencadenada a partir de su denuncia supone un nuevo paso de su sindicato "en su lucha por las mejores condiciones de los trabajadores del sector de la seguridad".

Cualquier ciudadano puede denunciar este tipo de infracciones

Por otra parte, Alternativa Sindical recuerda que en virtud del artículo 77 del RGPD cualquier ciudadano tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control, en particular en el Estado miembro del que sea residente, si considera que el tratamiento de datos personales que le conciernen infringe la normativa, "en cuyo caso será informado sobre el curso y el resultado de la reclamación".

Asimismo, indica que, según lo previsto en el primer apartado del artículo 80 del RGPD, "el interesado tendrá derecho a dar mandato a una entidad, organización o asociación sin ánimo de lucro que haya sido correctamente constituida con arreglo al Derecho de un Estado miembro, cuyos objetivos estatutarios sean de interés público y que actúe en el ámbito de la protección de los derechos y libertades de los interesados en materia de protección de sus datos personales, para que presente en su nombre la reclamación".