Fotocopiar o fotografiar el DNI puede acarrear multas de hasta 100.000 euros

Así lo ha advertido la Agencia Española de Protección de Datos, que exige que se cumpla el principio de "minimización de datos", como dicta el RGPD.

Silvia

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

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Es probable que no te resulte extraño que te soliciten una fotocopia o fotografía del Documento Nacional de Identidad (DNI) a la hora de realizar algún trámite, de contratar algún servicio o de identificarte cuando, por ejemplo, te registras en un hotel o alojamiento. Sin embargo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido que se trata de una práctica en muchos casos innecesaria, que "puede tener múltiples efectos desfavorables para el titular de los datos" y, en consecuencia, se puede sancionar con multas de hasta 100.000 euros.

De hecho, la AEPD ya impuso una multa a Orange por esta cantidad en marzo del año pasado al por confirmar la identidad de sus clientes durante las entregas de paquetes fotografiando sus DNI por las dos caras. En ese caso, la AEPD consideró probado que en el DNI aparecen más datos personales de los necesarios para realizar la entrega, por lo que la compañía estaba infringiendo el artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que "los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados ('minimización de datos')".

La AEPD exige precisamente que se cumpla el principio de "minimización de datos", es decir, que las empresas o entidades solo recopilen la información estrictamente necesaria, siendo además responsables del posible uso fraudulento de los datos recabados, tal y como dicta el RGPD. Y es que, aunque la gran de la mayoría de los organismos o establecimientos que solicitan una copia del DNI no la utilizan con fines delictivos, el DNI contiene información personal sensible que puede emplearse para cometer estafas u otras actividades de ciberdelincuencia, por lo que es fundamental salvaguardarlo para que no acabe en las manos equivocadas.

La Policía tampoco puede fotografiar los DNI con móviles personales

Obviamente, es obligatorio enseñar el DNI para identificarse al realizar infinidad de trámites o si lo solicitan las autoridades y fuerzas policiales. No obstante, los agentes de policía, tanto nacionales como municipales, tienen prohibido utilizar teléfonos personales para tomar imágenes del DNI de los ciudadanos y, además, esta práctica también está limitada con dispositivos oficiales, tal y como decretó la AEPD en agosto de 2022.  

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