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Inspección de Trabajo inicia procedimiento sancionador contra Segurisa Servicios Integrales de Seguridad

También ha realizado dos requerimientos a la empresa como consecuencia de las actuaciones inspectoras llevadas a cabo por una denuncia de Alternativa Sindical.

Silvia

Redactora especializada en Seguridad y Tecnología.

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Vigilante de Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA (Foto X)
Vigilante de Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA (Foto X)

La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla ha iniciado un procedimiento sancionador contra Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA ante los "incumplimientos detectados" en las actuaciones inspectoras llevadas a cabo a instancias de una denuncia presentada por Alternativa Sindical por "diversas incidencias".

Así lo ha dado a conocer el propio sindicato en un comunicado en el que señala que la Inspección de Trabajo también ha realizado dos requerimientos a la empresa y, además, le ha informado de los efectos oportunos para que proceda a adaptar la jornada de trabajo del responsable de equipo en conformidad con "la legislación laboral aplicable respecto a las horas totales que efectúa mensualmente".

Los dos requerimientos que ha recibido Segurisa

En cuanto a los requerimientos, Alternativa Sindical explica que uno de ellos guarda relación con los trabajadores que ostentan cargos en organizaciones sindicales más representativas, como la suya. En concreto, solicita a la empresa que permita a dichos trabajadores, con puestos sindicales ya sea a nivel estatal como autonómico o provincial, el acceso a los centros de trabajo para la realización de actuaciones del sindicato "siempre que, previamente, medie comunicación y sin que las funciones sindicales que se desarrollen interrumpan el desarrollo productivo, tal y como se refiere en la normativa transcrita".

Según indica Alternativa Sindical, esta normativa es la Ley Orgánica 11/1985 de Libertad Sindical, concretamente el artículo 91, que también establece que estos trabajadores sindicales tienen otros dos derechos:

  • Al disfrute de los permisos no retribuidos necesarios para el desarrollo de las funciones sindicales propias de su cargo, pudiéndose establecer, por acuerdo, limitaciones al disfrute de los mismos en función de las necesidades del proceso productivo.
  • A la excedencia forzosa, o a la situación equivalente en el ámbito de la Función Pública, con derecho a reserva del puesto de trabajo y al cómputo de antigüedad mientras dure el ejercicio de su cargo representativo, debiendo reincorporarse a su puesto de trabajo dentro del mes siguiente a la fecha del cese.

Siguiendo la información de Alternativa Sindical, el segundo requerimiento que ha realizado la Inspección de Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Sevilla a Segurisa Servicios Integrales de Seguridad SA es para que proceda a permitir el uso del montacargas a la totalidad de los empleados de su centro de trabajo si dicho ascensor "ostenta las condiciones necesarias para el transporte de personas y no únicamente de carga".